ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El
excandidato presidencial del Partido Revolucionario Moderno(PRM), Luis
Abinader, advirtió este miércoles que al Tribunal Superior Electoral (TSE) no
le queda otra opción legal y legítima que invalidar la suma de votos del
Partido de la Liberación Dominicana (PLD) en favor del Partido Revolucionario
Dominicano (PRD) en el nivel B, del municipio Santo Domingo Oeste (SDO), ya que
el pacto entre ambas organizaciones no cumplió los requisitos de ley.
“En vista de que el pacto entre el
PRD y el PLD no fue validado, conforme lo dispone la Ley Electoral, el ganador
por mayoría de votos válidos, legales y legítimos, es el ingeniero José
Andújar, a quien le corresponde ser proclamado como el próximo alcalde de Santo
Domingo Oeste”, afirmó Abinader.
Precisó que el candidato del PRD,
Francisco Peña, no puede ser proclamado alcalde electo de esa demarcación, porque los votos del PLD no les son
computables, en razón de que no fue escogido como candidato de esa organización
política durante una asamblea de delegados, como manda la Ley Electoral.
Recordó que existen suficientes
antecedentes de anulación de pactos por el mismo motivo que se pide sea
cumplida la ley también en ese municipio , resaltando entre ellos el
emitido por el TSE en los comicios de
2012, cuando esa alta corte anuló el pacto que hizo el Partido Revolucionario
Independiente (PRI) con el PRD, para llevar al ingeniero Hipólito Mejía como su
candidato a la presidencia de la República y a él como candidato
vicepresidencial.
Sostuvo que ese pacto fue anulado
entonces por los jueces del TSE, porque el PRI no cumplió con las exigencias
que establece la Ley Electoral, de escoger a los candidatos a cargos electivos
durante una asamblea de delegados validada por la Junta Central Electoral (JCE).
Además, exhortó a la opinión pública
a estar atenta a la decisión que en torno a este caso adopten los jueces del
TSE, ante una demanda que hace poco interpuso el PRM exigiendo que no les
computen los votos del PLD en la boleta B (municipal) al candidato del PRD, y evitar así que en ese
municipio se produzca otra ilegalidad,
como las que a su juicio se han presentado en el proceso de escrutinio
de las pasadas elecciones.
Depositan demanda. Los abogados Edwin
Feliz Brito, Bunel Ramírez Merán, Luis Soto, Julio Peña Guzmán, Antoliano
Peralta y Ramón Efrén Cuello, en representación del PRM, informaron que
depositaron una demanda en la que exigen al TSE ordenar que no le computen los
votos del PLD a Peña, porque no fue escogido como candidato a alcalde por esa
organización política durante una convención de delegados, como manda la Ley
Electoral.
Asimismo, recordaron que la Ley
Electoral 275-97 establece que los candidatos de los partidos deben ser
escogidos y proclamados en convenciones de delegados de sus respectivas
organizaciones, bajo la supervisión de la JCE y que debe ser cumplidos otros requisitos
de ley que tampoco fueron cumplidos en este caso.
También, dijeron que en el pacto con
Peña el PLD no sólo no cumplió con la ley Electoral, sino que tampoco cumplió
con sus estatutos, los cuales en sus artículos 32, 40 y 42, ordenan la
celebración de convenciones para la escogencia y proclamación de sus
candidatos.
En relación a esto, citaron el
artículo 32 de dicho reglamento interno del PLD, que establece: “Son atribuciones del Congreso Municipal o de
Distrito Municipal: a) conocer de cualquier asunto que le someta el Comité
Central o el Comité Político; b) elegir cada 4 años los candidatos a síndico,
suplente de síndico y regidores, conforme al reglamento electoral”.
Mientras que el artículo 40 refiere:
“La escogencia de los candidatos del Partido para las elecciones nacionales,
congresuales y municipales, se hará mediante primarias internas, conforme el
reglamento dictado al efecto, que estarán dirigidas por la Comisión Nacional
Electoral, integrada por un coordinador, escogido por el Comité Político de
entre sus miembros, los titulares de la Secretaría de Organización”.
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