SANTO DOMINGO,
República Dominicana.-
El presidente Danilo Medina
promulgó este lunes la Ley 310-14, la cual regula el envío de correos
electrónicos comerciales no deseados (SPAM).
La normativa tiene como objeto que reglamentar el envío de comunicaciones comerciales, publicitarias o promocionales no
solicitadas, realizadas por correos electrónicos a los fines de proteger al
consumidor.
Establece que toda comunicación
comercial electrónica debe contener el señalamiento “publicidad” en el campo
del asunto de cada mensaje.
Asimismo, dispone que si el
contenido tiene relación con la venta o distribución de bienes o servicios de
contenido sexual, solo deben ser leídos o adquiridos por mayores de edad, por
lo que se incluirá la frase “publicidad para adultos”.
Los textos deben figurar de manera
clara, legible, sin errores ni defectos ortográficos y sin la inclusión de
caracteres ajenos a los mismos.
Comunicaciones ilegales y
sanciones
La ley considera que son ilegales
las comunicaciones cuando se remitan directa o indirectamente sin haber sido
solicitadas o consentidas expresamente por el interesado receptor.
Se consideran delitos informáticos
e incurren en la pena de prisión de 6 meses a 5 años y multa de 200 salarios
mínimos los que remitan comunicaciones comerciales que se consideren ilegales.
También, para quienes accedan a un sistema informático sin autorización e
intencionalmente inicien la transmisión de comunicaciones comerciales desde o a
través de dicho sistema.
Está penalizado falsificar el campo de asunto de un mensaje
de datos que contenga una comunicación comercial e intencionalmente iniciar la
transmisión del mismo.
Igualmente, “registrar y recolectar, fraudulenta o
maliciosamente, usando información falsa, la identidad del registrante de una
cuenta de correo electrónico o direcciones de correo electrónico de sitios de
acceso público”, establece la ley.
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