ATMÓSFERA DIGITAL, SANTO DOMINGO.- El Poder Ejecutivo
emitió el Decreto 200-16 que crea la Comisión para la Integración de la Red
Única de Servicios Públicos de Salud, que tiene como objetivo la conducción del
traspaso de activos y pasivos de los establecimientos y servicios de atención
de salud del Instituto Dominicano de Seguros Sociales (IDSS) al Servicio
Nacional de Salud, en cumplimiento con la Ley 123-15 que ordena la creación de
la red única pública.
En lo adelante, los más de 26 centros de salud del IDSS
pasarán a ser administrados por el Servicio Nacional de Salud, consolidando en
una sola administración y gerencia la operación de todos los establecimientos
de salud del sector público.
Adicionalmente, con esta Red Única se consolida la
separación de funciones entre el Ministerio de Salud Pública, encargado de la
rectoría del sistema y de la salud colectiva, y el Servicio Nacional de Salud,
encargado de la administración de las redes y los establecimientos de atención.
El decreto 200- 16 en su artículo 2, establece que dicha
comisión estará integrada por el Ministerio de la Presidencia, quien la
coordinará; el titular de Salud Pública; el director general de Presupuesto; el
viceministro de Hacienda; el director del Instituto Dominicano de Seguro
Social; el director del Servicio Nacional de Salud y por el director del Seguro
Nacional de Salud.
La Comisión podrá solicitar la colaboración técnica de la
Superintendencia de Salud y Riesgos Laborales, del Ministerio de Administración
Pública, de la Dirección General Bienes Nacionales, la Dirección de
Contabilidad Gubernamental, la Dirección General de Catastro Nacional, así como
de otros organismos del Estado pertinentes al cumplimiento del presente
Decreto.
Durante el proceso de unificación de la red, la comisión
consultará a los gremios de salud, a los fines de conocer sus planteamientos y
recomendaciones sobre las medidas concernientes a la unificación de cargos y
salarios del personal.
La Comisión tendrá un plazo máximo de 120 días, a partir
del 12 de agosto de 2016, fecha de promulgación del presente decreto, para el
cumplimiento de sus objetivos, y rendirá un informe mensual al Presidente de la
República sobre los avances de este proceso.
La Comisión cumplirá los siguientes objetivos específicos:
A. Establecer los activos y pasivos correspondientes a los
establecimientos y servicios que actualmente son administrados dos por la
Prestadora de Servicios de Salud (PDSS), como unidad administrativa del IDSS, y
proponer al Ejecutivo los mecanismos y procedimientos para su garantía y
preservación, hasta completar su integración al Servicio Nacional de Salud.
B. Conducir el proceso de integración y unificación de los
cargos del personal, respetando los derechos adquiridos de los profesionales,
del personal asistencial y trabajadores administrativos del Ministerio de Salud
Pública y Asistencia Social y del IDSS, aplicando las políticas salariales y de
gestión de recursos humanos establecidas.
C. Apoyar técnicamente al Servicio Nacional de Salud para
la profesionalización y fortalecimiento de las capacidades de administrativa
los establecimientos, y el desarrollo de las redes de servicios por niveles de
atención.
D. Establecer los criterios de integración en redes de los
establecimientos del IDSS y los del Servicio Nacional de Salud.
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